El Seguro de Responsabilidad Pública es una póliza que busca cubrir cualquier lesión corporal o daños a la propiedad que hayan sido causados por algún accidente. Cubre los daños que haya tenido el asegurado, así como los daños a terceros.
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Este seguro cubre aquellos accidentes dentro y fuera del predio del asegurado, pero ocasionados por sus trabajos u operaciones. Si un tercero sufre algún daño o lesión como resultado de algún bien o producto que haya sido comprado o vendido por el asegurado, también queda cubierto por el Seguro de Responsabilidad Pública.
El Seguro de Responsabilidad Pública es una manera de proteger el hogar o negocio del asegurado, indemnizando a terceros que hayan introducido alguna demanda judicial o reclamo por daños corporales a otras personas, daños materiales a los bienes o propiedades de un tercero o daños patrimoniales. Esto, tomando en cuenta que las actividades que son fuente de potenciales reclamos abarcan los predios, las operaciones, los productos y los trabajos terminados del asegurado.
Esto incluye la responsabilidad que exista ante algún desastre ocasionado por una falla de equipos, un incendio, lesiones físicas, inundaciones o negligencias. Este tipo de póliza también protege la seguridad personal, reputación y privacidad del asegurado, respondiendo en los casos que así lo ameriten en la defensa del asegurado, así como a injurias personales.
De esta forma, se asegura cierta tranquilidad y se manejan las consecuencias legales que pudieran perjudicar las propiedades del asegurado, garantizando que tanto la empresa como los socios o la familia no carguen con las consecuencias legales o económicas de una demanda.
Entre las principales ventajas de tener un Seguro de Responsabilidad Pública está la posibilidad de extender la cubierta, en caso de que algún familiar o alguna persona cercana sea el responsable de un daño a los bienes de un tercero, y en muchas ocasiones, también se pueden incluir las fianzas y los gastos judiciales en la cubierta.
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Si vives en Puerto Rico y eres dueño de un vehículo, la Ley 253 del Seguro de Responsabilidad Obligatorio te exige contar con una póliza de seguro compulsorio o responsabilidad pública para cubrir cualquier daño que se le pueda ocasionar al vehículo de un tercero involucrado en un accidente que ocasione el asegurado.
El Seguro Compulsorio de Responsabilidad cubre los daños que haya causado el automóvil del asegurado a otro vehículo en un accidente, y en Puerto Rico, para contar con el seguro compulsorio, el dueño del vehículo debe haber pagado la prima correspondiente al hacer la renovación del marbete del carro o el pago de impuestos.
En este caso, el tiempo de vigencia del seguro compulsorio será el mismo que el del marbete, y la póliza será exactamente igual para todas las aseguradoras que ofrezcan el servicio. Sus características fueron aprobadas por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico.
El monto máximo de cubierta de la póliza por accidente es de $4500, aunque contempla otros pagos suplementarios como $100 de incentivo por reparación, que se paga al reclamante que no haya sido responsable del accidente y que demuestre que llevó a reparar el vehículo luego de recibir el pago del seguro.
Si debido al accidente, el vehículo del asegurado sufre algún desperfecto que le impida moverse por su propio motor, el costo de la grúa para remolcar el vehículo hasta la residencia será cubierto y reembolsado por el seguro compulsorio. De igual forma, será reembolsado el monto que corresponde al Impuesto sobre Ventas (IVU), que haya sido aplicado a las piezas y mano de obra que se hayan empleado en la reparación del vehículo.
Para saber si un vehículo cuenta con seguro compulsorio, o seguro de responsabilidad obligatorio, basta verificar el Certificado de Cumplimiento (Voucher), ya que constituye suficiente evidencia de que, al momento de la renovación de la licencia del vehículo, el asegurado tiene vigente su póliza de responsabilidad obligatoria.
Si bien ambos tipos de seguro constituyen una forma que tiene el asegurado de asumir y descargar una responsabilidad civil ante terceros, en caso de algún accidente, los bienes asegurados son distintos. Mientras que en el Seguro de Responsabilidad Pública quedan protegidas las propiedades y el patrimonio ante daños a terceros como resultado de las operaciones de una empresa, el Seguro Compulsorio de Responsabilidad cubre los daños ocasionados a un vehículo.
Otra diferencia importante es que el Seguro Compulsorio de Responsabilidad cubre solo los daños materiales ocasionados al vehículo de un tercero y no al vehículo del asegurado. Entretanto, el Seguro de Responsabilidad Pública protege tanto bienes físicos como la integridad personal del asegurado en caso de recibir una demanda o reclamación de un tercero que haya sufrido daños materiales o lesiones corporales, producto de la operación del negocio.
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El contenido de esta sección se ofrece con propósito informativo y educativo solamente y no aplica a todo tipo de situaciones. El contenido no debe considerarse un consejo ni una sugerencia para realizar (o abstenerse de realizar) ninguna acción en particular, pues no incluye ni tiene en cuenta todos los factores que pueden ser relevantes para sus necesidades individuales.